Estatutos sociales: Reforma a la Ley Federal del Trabajo

26 de abril de 2022

El año pasado se reformó la Ley Federal del Trabajo para atacar los esquemas de subcontratación de personal.

Derivado de dicha reforma, muchas empresas se han visto y verán en la necesidad de modificar sus estatutos sociales.

Para entender las reformas que deberán hacerse, hay que primero enteder el cambio de la reforma previamente mencionada:

  • Se prohibe la subcontratación de personal (Outsourcing)

A pesar de la prohibición anterior, la reforma nos da luz verde a otro tipo de mecanismo, denominado: «subcontratación de servicios especializados». Esta modalidad de Outsourcing está enfocado en subcontratar personal para la realización de servicios que no se encuentren en el objeto social de la sociedad o que sea referente a la actividad económica principal de la sociedad.

Para esto, existe otro requisito: que el patrón esten inscrito en el padrón que la Secretaría de Trabajo y Previsión Social cree para este requisito.

De lo anterior, ya podemos entender muy bien hacía donde va especificamente la prohibición del Outsourcing.

Estará prohibido, siempre y cuando, el personal a subcontratar realice actividades que estén en el objeto social de la sociedad o la sociedad se dedique a ellas.

Por lo que la reforma a estatutos sociales va enfocada, principalmente, a que el objeto social sea más especializado; de esta forma las sociedades sólamente podrán subcontratar aquellos trabajadores que no sean escenciales para su operacion.

Adicionalmente a ello, los patrones que decidan modificar sus estatutos y subcontratar al personal de esas actividades, tendrán que inscribirse en un Padrón especializado.

Les recordamos que las modificaciones sociales se hacen en Asamblea Extraordinaria de Accionistas/Socios, mismas que van inscritas en su Registro Público de Comercio correspondiente, por lo que en caso que sea necesario hacer uno, tienen que visitar a su notaría de preferencia.

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